AULA HISTORIA 1º BACHILLERATO PLAN 94. 2 011
(Consultas, envío de tareas para corrección (con firma de autores)
Guía del curso: http://cursohistoriacuarto.blogspot.com/
EJE DE LABOR: Pensar cada tema desde LO QUE CADA PERSONA YA SABE, (OFICIO, TRABAJO, EXPERIENCIA), advirtiendo el modo en que el contenido temático contribuye a proyectarnos.
Prof. Reyna Torres- Pre planificación
Entrada en territorio:
¿Qué película tomaría para vincularla con los temas del curso de Historia 1º BACH? (CUENTA CON EL PROGRAMA EN ESTA FICHA Y ASIMISMO EN BLOG DE APOYO)
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100 PELICULAS DE LA HISTORIA
http://www.pagaelpato.com/cine/listamejorespeliculashistoriacine.htm
1. CIUDADANO KANE - CITIZEN KANE (1941)
2. CASABLANCA (1942)
3. EL PADRINO - THE GODFATHER (1972)
4. LO QUE EL VIENTO SE LLEVÓ - GONE WITH THE WIND (1939)
5. LAWRENCE DE ARABIA - LAWRENCE OF ARABIA (1962)
6. EL MAGO DE OZ - THE WIZARD OF OZ (1939)
7. EL GRADUADO - THE GRADUATE (1967)
8. LA LEY DEL SILENCIO - ON THE WATERFRONT (1954)
9. LA LISTA DE SCHINDLER - SCHINDLER'S LIST (1993)
10. CANTANDO BAJO LA LLUVIA - SINGIN' IN THE RAIN (1952)
11. ¡QUÉ BELLO ES VIVIR! - IT'S A WONDERFUL LIFE (1946)
12. EL CREPÚSCULO DE LOS DIOSES - SUNSET BOULEVARD (1950)
13. EL PUENTE SOBRE EL RÍO KWAI - THE BRIDGE ON THE RIVER KWAI (1957)
14. CON FALDAS Y A LO LOCO - SOME LIKE IT HOT (1959)
15. LA GUERRA DE LAS GALAXIAS - STAR WARS (1977)
16. EVA AL DESNUDO - ALL ABOUT EVE (1950)
17. LA REINA DE ÁFRICA - THE AFRICAN QUEEN (1951)
18. PSICOSIS - PSYCHO (1960)
19. CHINATOWN (1974)
20. ALGUIEN VOLÓ SOBRE EL NIDO DEL CUCO - ONE FLEW OVER THE CUCKOO'S NEST (1975)
21. LA UVAS DE LA IRA - THE GRAPES OF WRATH (1940)
22. 2001: UNA ODISEA DEL ESPACIO - 2001: A SPACE ODYSSEY (1968)
23. EL HALCÓN MALTÉS - THE MALTESE FALCON (1941)
24. TORO SALVAJE - RAGING BULL (1980)
25. E.T. EL EXTRATERRESTRE - E.T. THE EXTRA-TERRESTRIAL (1982)
26. TELÉFONO ROJO: VOLAMOS HACIA MOSCÚ - DR. STRANGELOVE (1964)
27. BONNIE AND CLYDE (1967)
28. APOCALYPSE NOW (1979)
29. CABALLERO SIN ESPADA - MR. SMITH GOES TO WASHINGTON (1939)
30. EL TESORO DE SIERRA MADRE - THE TREASURE OF THE SIERRA MADRE (1948)
31. ANNIE HALL (1977)
32. EL PADRINO PARTE II - THE GODFATHER PART II (1974)
33. SOLO ANTE EL PELIGRO - HIGH NOON (1952)
34. MATAR A UN RUISEÑOR - TO KILL A MOCKINGBIRD (1962)
35. SUCEDIÓ UNA NOCHE - IT HAPPENED ONE NIGHT (1934)
36. COWBOY DE MEDIANOCHE - MIDNIGHT COWBOY (1969)
37. LOS MEJORES AÑOS DE NUESTRAS VIDAS - THE BEST YEARS OF OUR LIVES (1946)
38. PERDICIÓN - DOUBLE INDEMNITY (1944)
39. DOCTOR ZHIVAGO (1965)
40. CON LA MUERTE EN LOS TALONES - NORTH BY NORTHWEST (1959)
41. WEST SIDE STORY (1961)
42. LA VENTANA INDISCRETA - REAR WINDOW (1954)
43. KING KONG (1933)
44. EL NACIMIENTO DE UNA NACIÓN - THE BIRTH OF A NATION (1915)
45. UN TRANVÍA LLAMADO DESEO - A STREETCAR NAMED DESIRE (1951)
46. LA NARANJA MECÁNICA - A CLOCKWORK ORANGE (1971)
47. TAXI DRIVER (1976)
48. TIBURÓN - JAWS (1975)
49. BLANCANIEVES Y LOS SIETE ENANITOS - SNOW WHITE AND THE SEVEN DWARFS (1937)
50. DOS HOMBRES Y UN DESTINO - BUTCH CASSIDY AND THE SUNDANCE KID (1969)
51. HISTORIAS DE PHILADELPHIA - THE PHILADELPHIA STORY (1940)
52. DE AQUÍ A LA ETERNIDAD - FROM HERE TO ETERNITY (1953)
53. AMADEUS (1984)
54. SIN NOVEDAD EN EL FRENTE - ALL QUIET ON THE WESTERN FRONT (1930)
55. SONRISAS Y LÁGRIMAS - THE SOUND OF MUSIC (1965)
56. M*A*S*H (1970)
57. EL TERCER HOMBRE - THE THIRD MAN (1949)
58. FANTASIA (1940)
59. REBELDE SIN CAUSA - REBEL WITHOUT A CAUSE (1955)
60. EN BUSCA DEL ARCA PERDIDA - RAIDERS OF THE LOST ARK (1981)
61. VÉRTIGO (DE ENTRE LOS MUERTOS) - VERTIGO (1958)
62. TOOTSIE (1982)
63. LA DILIGENCIA - STAGECOACH (1939)
64. ENCUENTROS EN LA TERCERA FASE - CLOSE ENCOUNTERS OF THE THIRD KIND (1977)
65. EL SILENCIO DE LOS CORDEROS - THE SILENCE OF THE LAMBS (1991)
66. NETWORK (UN MUNDO IMPLACABLE) - NETWORK (1976)
67. EL MENSAJERO DEL MIEDO - THE MANCHURIAN CANDIDATE (1962)
68. UN AMERICANO EN PARIS - AN AMERICAN IN PARIS (1951)
69. RAÍCES PROFUNDAS - SHANE (1953)
70. CONTRA EL IMPERIO DE LA DROGA - THE FRENCH CONNECTION (1971)
71. FORREST GUMP (1994)
72. BEN-HUR (1959)
73. CUMBRES BORRASCOSAS - WUTHERING HEIGHTS (1939)
74. LA QUIMERA DEL ORO - THE GOLD RUSH (1925)
75. BAILANDO CON LOBOS - DANCES WITH WOLVES (1990)
76. LUCES DE CIUDAD - CITY LIGHTS (1931)
77. AMERICAN GRAFFITI (1973)
78. ROCKY (1976)
79. EL CAZADOR - THE DEER HUNTER (1978)
80. GRUPO SALVAJE - THE WILD BUNCH (1969)
81. TIEMPOS MODERNOS - MODERN TIMES (1936)
82. GIGANTE - GIANT (1956)
83. PLATOON (1986)
84. FARGO (1996)
85. SOPA DE GANSO - DUCK SOUP (1933)
86. MOTÍN A BORDO - MUTINY ON THE BOUNTY (1935)
87. FRANKENSTEIN (1931)
88. BUSCANDO MI DESTINO - EASY RIDER (1969)
89. PATTON (1970)
90. EL CANTOR DE JAZZ - THE JAZZ SINGER (1927)
91. MY FAIR LADY (1964)
92. UN LUGAR EN EL SOL - A PLACE IN THE SUN (1951)
93. EL APARTAMENTO - THE APARTMENT (1960)
94. UNO DE LOS NUESTROS - GOODFELLAS (1990)
95. PULP FICTION (1994)
96. CENTAUROS DEL DESIERTO - THE SEARCHERS (1956)
97. LA FIERA DE MI NIÑA - BRINGING UP BABY (1938)
98. SIN PERDÓN - UNFORGIVEN (1992)
99. ADIVINA QUIEN VIENE ESTA NOCHE - GUESS WHO'S COMING TO DINNER (1967)
100. YANQUI DANDY - YANKEE DOODLE DANDY (1942)
Tarea con plazo de entrega hasta el último miércoles de abril 2011
Realice una búsqueda sobre la obra: “PERSISTENCIA DE LA MEMORIA” de
SALVADOR DALI.
Ii - Elija otra obra de arte para continuar desarrollando la respuesta. ( En el bloger existe un link (obras de arte) situado sobre la derecha, que permite apoyar este trabajo.
iii- COMO ESTUDIANTE DEL SISTEMA A.N.E.P. DE ED. MEDIA , UD. TIENE UN MARCO DESDE DONDE PROYECTAR SU ROL. ES EL “ESTATUTO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACION MEDIA.” ( CO. DI. CEN. A.N.E.P. Acta 47, resolución Nº 2, 8 de julio 2005) , EN ESTE sentido queda planteada una tarea cuyo plazo de entrega será fines de abril 2011.
ESTATUTO DEL ESTUDIANTE EDUCACIÓN MEDIA. Acta 47, resolución 2, FECHA: 8 julio de 2005.
Este documento refiere al relacionamiento de los actores en las instituciones educativas de nivel medio. (Resultado II) y por el considerando VI, deja en espera el surgimiento de un reglamento como propuesta acordada entre los órdenes docente, estudiantil y egresados, sin considerar a ningún otro actor local. Se ancla en la noción de sujeto de derecho, su interés superior y la protección de la familia, la sociedad y el Estado. Toma como documentos base las Convenciones de Derechos Humanos y de Derechos del Niño de Naciones Unidas ratificadas por el país, la Ley de educación vigente (15739) y el Código de la Niñez y la Adolescencia. Deroga el Acta 14, circular 2263 de Ed. Secundaria.
El estatuto del Estudiante de Educación Media busca asegurar el ejercicio de la ciudadanía plena y la inserción en la sociedad, con conocimiento de derecho y responsabilidades. Los fines expuestos son altamente acordes con el marco teórico de los Consejos de Participación, anclados en normas como la C.D.N.
NORMATIVA VIGENTE
ESTATUTO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN MEDIA - ACTA Nº 47 del CODICEN
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL
Montevideo, 8 julio de 2005
ACTA Nº 47
RESOL. Nº 2
Exp.
VISTO: Las reiteradas solicitudes por parte de las organizaciones docentes y estudiantiles para adoptar nuevas disposiciones que contextualicen un mejor funcionamiento de las instituciones educativas en lo que refiere al comportamiento estudiantil en las mismas, así como la necesidad de adoptar reglamentaciones de las cuales surjan los derechos de los estudiantes, así como sus responsabilidades.
RESULTANDO:
I) Que existen diferencias en las situaciones reglamentarias de los distintos desconcentrados en cuanto a las normas que podrían adoptarse mientras no se aprueben disposiciones en cuya discusión intervengan todos los actores involucrados.
II) Que la normativa vigente no ha dado solución a las distintas situaciones, que se repiten cada vez con mayor frecuencia en las instituciones educativas, en lo que refiere al relacionamiento de los distintos actores.
III) Que en el Consejo de Educación Secundaria existe un proyecto considerado en las reuniones ordinarias de marzo de 2002 y febrero de 2003 por las Asambleas Técnico Docentes, el cual cuenta con aportes de los estudiantes de dicho Consejo y que ha sido aprobado por las mismas.
IV) Que el referido proyecto puede ser de aplicación en el Consejo de Educación Técnico Profesional, hasta tanto el mismo no cuente con disposiciones especificas para el Desconcentrado.
V) Que en la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente, el Acta Extraordinaria Nº14, Resolución Nº 2, de fecha 3 de octubre de 1996 se sustituyó por la Resolución comunicada por Circular Nº 75/99 del 25 de noviembre de 1999.
VI) Que para dicha Dirección rigió el Acta Nº 13, Resolución Nº 9, del 8 de mayo de 1999 (comunicada por Circular Nº 78/90 y derogada por el Acta Extraordinaria 14/96), la cual se considera una propuesta válida para regular las relaciones en el marco de los centros estudiantiles dependientes de esa Dirección, hasta tanto se adopte un reglamento que surja como propuesta acordada entre los diferentes órdenes: docente, estudiantil y egresados.
VII) Que es importante que los documentos que se aprueben contengan disposiciones relativas tanto a las responsabilidades como a los derechos de los estudiantes, lo que genera un enfoque de priorización del ejercicio de una ciudadanía responsable.
VIII) Que compete al CODICEN la adopción de normas generales que rijan las distintas dependencias, reafirmando los principios fundamentales y cometidos atribuidos al órgano rector por la Ley de Educación Nº 15.739.
CONSlDERANDO:
I) Que es necesario iniciar en los centros de enseñanza un proceso de diálogo para regular el relacionamiento, mediante reglamentos internos de convivencia donde se contextualicen los principios que emanan de la normativa vigente, volviendo visible para los actores involucrados las diferentes disposiciones que ordenan el funcionamiento institucional, elaborados en acuerdos en que se encuentren representados todos los actores institucionales.
II) Que como surge del Código de la Niñez y la Adolescencia, los ejes sobre los que debe construirse toda legislación en la materia, son los niños y adolescentes como sujetos de derecho, su interés superior y la protección especial de la familia, la sociedad y el Estado.
ATENTO: a lo dispuesto por las Convenciones de Derechos Humanos y de Derechos del Niño de las Naciones Unidas ratificadas por nuestro país, por la Ley de Educación y por el Código de la Niñez y la Adolescencia,
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA,
RESUELVE:
1. Derogar el Acta Nº 62, Resolución Nº 1 del 14 de setiembre de 1992 (comunicada por Circular Nº 16/92) y el Acta Extraordinaria Nº 14, Resolución Nº 2 de fecha 3 de octubre de 1996 (comunicada por Circular Nº 2263 de Educación Secundaria).
2. Aprobar el “Estatuto del Estudiante de Educación Media” para su vigencia en el ámbito de competencia de los Consejos de Educación Secundaria y Técnico Profesional.
3. Establecer la vigencia del Acta Nº 13, Resolución Nº 9 del 8 de marzo de 1990, Capítulo I, comunicada por Circular Nº 78/90, en redacción dada por la presente resolución para que rija en el ámbito de la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente.
4. Instar a los Consejos Desconcentrados y a la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente a constituir comisiones de evaluación y seguimiento de los reglamentos aprobados por la presente resolución, los que tendrán carácter transitorio hasta que, realizada su evaluación, se entienda necesaria su modificación o sustitución.
Comuníquese a los Consejos de Educación Secundaria y Técnico Profesional, Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente, Asesoría Letrada, Secretaría de Relaciones Públicas a los efectos de su publicación en el Diario Oficial y Gerencia General de Planeamiento y Gestión Educativa.
Dra. Tania MAURI SCARONE
Secretaria General CODICEN
Dr. Luis YARZÁBAL Presidente CODICEN
ESTATUTO DEL ESTUDIANTE DE EDUCACIÓN MEDIA
(Acta N° 47 Resolución N° 2)
CAPITULO I
Principios Generales
ARTÍCULO 1
Objetivo.
El presente Estatuto tiene como objetivo desarrollar los principios fundamentales tendientes a asegurar al educando el ejercicio de una ciudadanía plena y la inserción en la sociedad, con conocimiento de sus derechos y responsabilidades.
ARTÍCULO 2
Valores.
El joven debe estar preparado para una vida independiente en sociedad, acorde con los valores que recogen la Constitución de la República, la Declaración de Derechos Humanos de Viena, la Convención de Derechos del Niño (ley 16.137 de 28-IX-1990), la Convención contra la Discriminación en la Esfera de la Enseñanza (ley 17.724 de 26-XII-2003), el Código de la Niñez y la Adolescencia (ley 17.823 de 7-IX-2004) y normas concordantes.
ARTÍCULO 3
Fines.
La educación del joven se encaminará a:
Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del educando.
Fomentar el respeto de los derechos humanos.
Fomentar el respeto de sus padres, de su identidad cultural, de su idioma y de los valores nacionales, conjuntamente con la valoración de las civilizaciones distintas a la propia.
Preparar al joven para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad y solidaridad entre todos los pueblos y los diversos grupos sociales.
Fomentar el respeto del medio ambiente.
ARTÍCULO 4
Derecho a la educación.
En virtud del derecho del joven a la educación deberá:
Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la educación secundaria, técnica y formación profesional, de manera que todos los jóvenes tengan acceso a ella.
Hacer accesible a todos, la educación superior, sobre la base de la capacidad y de las medidas que la incentiven.
Hacer disponible la orientación e información en cuestiones educacionales, técnicas y profesionales, con la adecuada actualización y diversidad de fuentes.
Adoptar las medidas pertinentes para incentivar la asistencia regular a los centros de estudio y disminuir la deserción.
En todas las instituciones se considerará, en ese sentido, el interés superior del educando.
ARTÍCULO 5
Derecho de expresión.
El joven tendrá derecho a la libertad de expresión del pensamiento, a cuyos efectos se incluye la de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas.
Su opinión se tendrá debidamente tenida en cuenta, en función de su edad y madurez, respetándose en todo caso sus creencias e ideas religiosas o de otra índole.
Este derecho deberá ejercerse de acuerdo con las previsiones constitucionales, legales y las del presente Estatuto.
ARTÍCULO 6
Continuación.
El joven deberá tener oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento administrativo que lo afecte, sea directamente o por medio de sus padres o representante legal.
ARTÍCULO 7
Derecho de asociación.
Los jóvenes tienen derecho a la libertad de asociación y la de celebrar reuniones pacíficas. El ejercicio de estos derechos deberá efectuarse de acuerdo con las previsiones constitucionales, legales y las del presente Estatuto.
ARTÍCULO 8
Protección.
Se velará a fin de que los establecimientos y servicios cumplan las normas correspondientes, especialmente en materia de higiene, moralidad, seguridad y orden públicos, cuyo mantenimiento debe preservarse, así como también en lo relativo al número y competencia del personal directa o indirectamente relacionado con el educando.
Se velará, asimismo, para que el joven sea respetado en sus derechos y cumplimiento de sus responsabilidades, por parte de sus compañeros y el personal docente y no docente de dichos establecimientos.
ARTÍCULO 9
Situaciones de trabajo y de familia.
Se adoptarán las medidas apropiadas respecto de los jóvenes que trabajen, a fin de atender su situación en el ámbito educativo.
También se considerarán las situaciones de singularidad, sean permanentes o transitorias, entre otras las vinculadas al género (embarazos, maternidad).
CAPITULO II
Del ámbito subjetivo de aplicación
ARTÍCULO 10
Personas comprendidas.
El presente Estatuto será aplicable a los educandos de los Centros de estudio de los Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico Profesional, cualquiera sea su calidad estudiantil y sin distinción alguna, de color, sexo, origen nacional, opinión política, religiosa o de otra naturaleza, posición económica o por cualquier otra circunstancia.
CAPITULO III
DE las carteleras y reuniones en centros de estudio
ARTÍCULO 11
Carteleras.
En los centros docentes se permitirán carteleras a fin de incluir convocatorias, resoluciones y otros documentos de las organizaciones estudiantiles, sin perjuicio de las que existan para comunicaciones provenientes de las autoridades respectivas o de las organizaciones de docentes.
En todo caso los contenidos de las carteleras deberán respetar los derechos y reputación de las personas, cualesquiera sean éstas, y no efectuar pronunciamientos que afecten la independencia de la conciencia moral y cívica de aquéllas.
ARTÍCULO 12
Continuación.
La ubicación de las carteleras será dispuesta por los funcionarios responsables del centro docente, de manera tal que no se interfiera con el funcionamiento del servicio y la simultánea utilización por otras organizaciones estudiantiles, de docentes o por las autoridades del propio establecimiento.
ARTÍCULO 13
Reuniones de educandos en centros docentes.
Las reuniones, asambleas y demás actividades gremiales de los estudiantes en los locales educativos podrán ser autorizadas por la respectiva Dirección, con por lo menos un día de anticipación y ante solicitud formulada por un mínimo de tres educandos.
En dichas actividades gremiales sólo podrán participar educandos del centro de que se trate, deberán respetarse las formas democráticas y permitir a las autoridades el ejercicio de sus funciones.
Estas coordinarán con los solicitantes el lugar de realización de la reunión o asamblea, su duración, así como – si resultare pertinente – la adopción de las medidas que aseguren el carácter pacífico previsto en el artículo 7º de este Estatuto y el respeto de los derechos antes indicado. Las autoridades docentes procurarán que estas actividades de los educandos no afecten el total de jornadas del año lectivo.
CAPITULO IV
Responsabilidades del educando
ARTÍCULO 14
Fundamento.
Por la condición de integrantes de la comunidad educativa y como medida formativa para la vida en sociedad, los educandos deben asumir las responsabilidades que contribuyan al desarrollo de su personalidad, generando asimismo un espíritu de tolerancia, igualdad y solidaridad, con promoción del respeto de los derechos de los demás.
Dichas responsabilidades refieren al cumplimiento de normas internas a la institución educativa, generales de carácter social así como al uso de espacios, bienes y documentación educativos y al comportamiento en diversos actos, según lo establecido en las disposiciones que siguen.
ARTÍCULO 15
En relación a compañeros, docentes y autoridades.
Las responsabilidades comprenden:
trato respetuoso y, por lo tanto, abstención de hechos de violencia y de provocaciones o incitaciones a la violencia como también de conductas o uso de términos injuriosos.
abstención de ingresar a los locales educativos armas o instrumentos que puedan dañar la integridad físicas de las personas.
abstención de ingresar a dichos locales de cualquier tipo de sustancias psicoactivas y psicofármacos (alcohol, drogas, barbitúricos, inhalantes, etc.) que puedan producir efectos tóxicos.
abstención de realizar en los centros educativos actividades proselitistas, político – partidarias, religioso – confesional o sectario de cualquier especie, violatorio de la laicidad de la enseñanza pública.
abstención de introducir en los centros docentes revistas, láminas, publicaciones, etc. de carácter pornográfico.
mantenimiento de una conducta que permita asegurar, por una parte, el orden necesario para el desarrollo de la actividad educativa, con el respeto del derecho a estudiar que tienen todos y cada uno de los educandos y por otra el cumplimiento de los deberes y atribuciones por parte de los funcionarios, en especial por la Dirección y los docentes, respetando la representatividad de las decisiones colectivas y a las autoridades y jerarquías legítimamente constituidas.
no invocar autorizaciones no concedidas para justificar actitudes personales.
no dañar efectos personales de compañeros y funcionarios.
ARTÍCULO 16
En relación con los bienes y documentación educativos y símbolos nacionales.
Las responsabilidades comprenden:
cuidar diligentemente los textos y libros obtenidos en préstamo, reintegrándolos oportunamente sin daños.
cuidar los bienes que se proporcione para y en la actividad educativa, sin efectuar desperfectos en el local, mobiliario y materiales de enseñanza.
abstenerse de escribir leyendas o dibujos en los muros, paredes, muebles u otros bienes del centro docente.
no realizar adulteraciones o falsificar anotaciones en los documentos de ese centro.
cuidar, en general, los recintos educativos de manera de contribuir a la normal prestación del servicio de educación.
respetar los símbolos nacionales.
ARTÍCULO 17
En relación con actos públicos, visitas o paseos.
En caso de concurrencia a actividades fuera del centro docente, procederá observar una conducta correcta, con el debido respeto de las personas y bienes correspondientes.
ARTÍCULO 18
Otras responsabilidades.
Se considerará también como responsabilidad del educando el cumplimiento de las normas de convivencia consensuadas en el marco del respectivo centro docente.
Por otra parte la Dirección de éste, con la previa opinión favorable del Consejo Asesor Pedagógico, podrá establecer otras responsabilidades, además de las especificadas en el presente Estatuto, en tanto contribuyan a promover los valores en él establecidos y se adecuen a las reglas de derecho vigentes.
CAPITULO V
De las Responsabilidades de los funcionarios, incluida la atinente a la aplicación de este Estatuto
ARTÍCULO 19
Los funcionarios docentes y no docentes tienen las responsabilidades establecidas en las normas constitucionales, legales y en el respectivo Estatuto del Funcionario.
En el ámbito educativo y con respecto a la aplicación de este Estatuto, al equipo de Dirección corresponden, sin perjuicio de lo previsto en el Estatuto Docente – en especial en su artículo 2º – los siguientes cometidos:
Velar por el adecuado funcionamiento del servicio y el cumplimiento de la normativa vigente, considerándose “falta grave el abuso de autoridad o la omisión frente a hechos o actos que afecten la regularidad del servicio a su cargo o atenten contra el principio de laicidad” (artículo 65 del Estatuto del Funcionario Docente).
Dialogar permanentemente con el educando, en aras de los valores y finalidades emergentes de este Estatuto.
Orientar y atender los comportamientos de los educandos, de acuerdo con esos valores y las normas de este Estatuto y las concordantes a las cuales él se remite, así como adoptar las medidas acordes con las conductas asumidas, incluso correctivas.
Mantener con los educandos y, si éstos fueren menores de edad, también con sus padres o representantes legales, una comunicación fluida y permanente con el fin de informar los hechos o medidas que correspondan así como coadyuvar a la aplicación de las resoluciones que se adopten.
Convocar al Consejo Asesor Pedagógico, colaborar con el mismo y atender debidamente sus opiniones.
Velar por la preservación de los bienes del Organismo y a fin de que los mismos no sean utilizados con fines proselitistas de cualquier especie.
CAPITULO VI
Del Consejo Asesor Pedagógico
ARTÍCULO 20
Integración.
Dentro del primer mes del inicio de los cursos, se establecerá en cada centro educativo este Consejo, el cual estará integrado por tres docentes bien calificados en su función que se desempeñen en dicho centro y revistan – preferentemente – como mínimo en el tercer grado escalafonario. Si no existieren docentes con este último requisito, se tomará en cuenta – además de la mejor calificación – la mayor antigüedad o el desempeño especialmente destacado; en estas situaciones, la designación deberá fundamentarse explícitamente.
Los docentes que integren el Consejo Asesor Pedagógico (C.A.P.) serán designados por la Dirección del centro docente, 1 a su elección, 1 elegido por sus pares y 1 por los estudiantes del centro, en cada caso con un suplente respectivo.
A los efectos de la presidencia del Consejo, se seguirán los criterios del artículo 13 del Estatuto del Funcionario Docente, lo que determinará formalmente la Dirección.
Los miembros durarán un año en sus funciones, las cuales son irrenunciables.
Si el Director cambiare, podrá sustituirlo solamente el miembro designado directamente por él.
La Dirección dará cuenta a la Inspección Docente de la integración anual del C.A.P., de su presidencia, y de las modificaciones que pudieren producirse.
Para el caso de parentesco dentro del 4º grado de consaguinidad o 2º de afinidad con el educando involucrado, amistad o enemistad notorias, enfermedad grave debidamente certificada, el docente será subrogado por su respectivo suplente.
ARTÍCULO 21
Funcionamiento.
El C.A.P. será convocado por la Dirección del centro docente por su propia iniciativa o ante petición de uno de sus integrantes, sin perjuicio de ello deberá realizar, por lo menos, una reunión ordinaria mensual, para considerar la situación del centro docente y los comportamientos estudiantiles. En las reuniones ordinarias participará necesariamente el Director, con voz y sin voto.
En las reuniones extraordinarias, con excepción de las realizadas en el desarrollo del procedimiento disciplinario (Capítulo VII), el Director podrá participar a requerimiento del Consejo.
De todo lo actuado se dejará constancia en el correspondiente Libro de actas que llevará el C.A.P. En todo caso se anotará si una decisión se adopta por unanimidad o mayoría (2 votos).
La Dirección del centro docente deberá facilitar al C.A.P. los medios apropiados para el cumplimiento de sus tareas, incluso la colaboración de un secretario ad-hoc.
ARTÍCULO 22
Cometidos.
Los cometidos del C.A.P. serán los siguientes:
actuar como órgano de consulta y opinión de la Dirección sobre aspectos del comportamiento de los educandos.
proponer a la Dirección las medidas que estime pertinentes, sea de carácter preventivo, de valoración del comportamiento, o correctivas según lo previsto en el presente Estatuto.
realizar un seguimiento de los educandos, cuando corresponda, con un objetivo pedagógico y formativo.
reconocer expresamente la actuación de los educandos que se hayan destacado por su escolaridad dentro y fuera del contexto del respectivo centro o por una conducta humana ejemplar.
CAPITULO VII
Del procedimiento disciplinario
ARTÍCULO 23
Actuación del C.A.P..
El Consejo entenderá preceptivamente en los casos de conductas estudiantiles que impliquen incumplimiento de las responsabilidades y normas disciplinarias.
El procedimiento se regirá por los principios de verdad material, imparcialidad, respeto de la honra de los involucrados, presunción de inocencia mientras no se pruebe lo contrario, a través de un proceso que cuente con las garantías de defensa, acorde con lo estatuido por el artículo 6º del presente Estatuto.
ARTÍCULO 24
Continuación.
El C.A.P. realizará una investigación tendiente a la averiguación de los hechos realmente acaecidos, en la cual recabará toda la prueba pertinente (documental, testimonial, pericial, etc.).
Sus actuaciones serán documentadas y, de ser necesario, recabará el apoyo de la Inspección Técnica o la División Jurídica. Se aplicarán, en lo pertinente, los artículos 191 a 208 de la Ordenanza No. 10.
ARTÍCULO 25
Recepción de prueba testimonial.
Las declaraciones de educandos y testigos se tomarán por separado, recogidas textualmente en un acta por declarante, en la cual se harán constar los datos individualizantes y las generales de la ley. Terminada la declaración se interrogará por la razón de sus dichos, explicándose el significado de esta pregunta, y se leerá íntegramente el acta al declarante, que manifestará si ratifica sus declaraciones, si debe efectuar aclaraciones o precisiones, procediendo a agregarlas, y si tiene algo más que declarar. En ningún caso se enmendará lo ya escrito.
Las preguntas deberán ser concisas y objetivas. No se admitirá la lectura de apuntes o escritos, a menos que así se autorice, en los casos en que exista fundamento para ello.
Las actas serán firmadas por todos los miembros del C.A.P., por el declarante, y si éste fuere menor por su padre o madre o ambos si estuvieren presentes, o por tutor. En caso de negativa a firmar, se dejará constancia de ello.
ARTÍCULO 26
Procedimiento cuando exista inculpado.
En la situación de que exista estudiante inculpado, se le informará directa y personalmente de ello, o a través de su representante legal, procediéndose a entregarle una copia del presente Estatuto.
En las actuaciones que se lleven a cabo a su respecto, teniendo en cuenta la edad y su situación personal o familiar, podrá asignarse por parte de la Dirección un asesor adecuado del establecimiento educativo.
ARTÍCULO 27
Conclusión de la instrucción.
La instrucción deberá efectuarse en un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de que el C.A. P. asuma la consideración del respectivo asunto.
Terminada la instrucción, el Consejo dispondrá de un plazo de 5 días corridos a fin de realizar su informe y brindar su opinión a la Dirección del centro docente, en su caso con la propuesta de la aplicación de las medidas previstas en el artículo 21 “b”.
El dictamen del Consejo no será vinculante, pero si la Dirección se aparta del mismo deberá fundar especialmente las razones determinantes.
En caso de existir inculpado, concluida la instrucción procederá aplicar lo dispuesto por el artículo 28, con anterioridad al informe final y a la elevación a la Dirección.
ARTÍCULO 28
Vista.
Del informe del C.A.P. se dará vista al o los educandos inculpados de incumplimientos de sus responsabilidades, a fin de que puedan presentar sus descargos y articular su defensa. A esos efectos se notificará personalmente a aquellos si fueren mayores de edad o a sus representantes legales en caso contrario, sea en la sede del instituto o en el domicilio correspondiente. Si se deniega la firma de la notificación del otorgamiento de la vista, se labrará acta con la constancia de ese hecho por parte de los funcionarios actuantes (por lo menos 2).
La vista será por el término de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación, durante el cual el expediente se pondrá de manifiesto, a disposición de los respectivos interesados o de su abogado patrocinante, previamente constituido por escrito como tal.
Vencido dicho plazo, con o sin escrito, el C.A.P. emitirá su dictamen según lo establecido en el artículo precedente, pudiendo aconsejar la ampliación del procedimiento, su clausura o la adopción de las medidas que estime pertinentes.
ARTÍCULO 29
Decisión.
La decisión de la Dirección del centro docente deberá tener en cuenta las circunstancias de hecho, los antecedentes de inconducta que pudieren existir, la opinión fundada del C.A.P. así como los principios y valores que fundamentan este Estatuto.
Esa decisión podrá ser impugnada mediante los recursos de revocación y jerárquico establecidos por la Constitución y la ley.
En los Consejos de Educación Secundaria y de Educación Técnico Profesional existirá un órgano asesor nombrado anualmente por cada Consejo, e integrado por el Director más antiguo no implicado en los hechos que dieron lugar a la decisión que se impugna, un Inspector y un abogado de la División Jurídica. Ese órgano emitirá opinión previa a la consideración y decisión por parte del respectivo Consejo, cuando la decisión del asunto o, en su caso, del recurso, competa al mismo.
ARTÍCULO 30
Suspensión preventiva.
La Dirección del centro docente podrá suspender preventivamente al educando en los casos en que la conducta que haya incurrido fuere – prima facie – grave o su asistencia sea perjudicial para el desarrollo de las actividades educativas.
La suspensión podrá extenderse por un plazo de diez días hábiles e implicará la prohibición del ingreso del educando al local de enseñanza.
En las situaciones a que refiere esta disposición, el Director deberá dar cuenta al C.A.P., al que convocará de inmediato.
El citado Consejo puede tener iniciativa a los efectos de disponer esta suspensión.
La suspensión preventiva se descontará, en su caso, de la correctiva que llegare a adoptarse. Si la correctiva fuere inferior a la preventiva, las inasistencias que excedan a aquélla no serán computadas.
CAPITULO VIII
De las medidas correctivas
ARTÍCULO 31
Criterio general.
La valoración de la medida correctiva se realizará teniéndose en cuenta la naturaleza de la responsabilidad incumplida por parte del estudiante y la influencia del hecho dentro del ámbito educativo. Se tendrá como finalidad, además, contribuir a la reflexión por parte del educando sobre la inconducta en que incurrió y el fortalecimiento de los valores previstos en este Estatuto.
Deberá basarse en circunstancias determinadas con precisión y en virtud de una evaluación ponderada, mediando una adecuada relación entre los hechos y la medida que se adopte.
ARTÍCULO 32
Mera advertencia.
La simple advertencia que el Profesor formula de ordinario a sus alumnos no constituye sanción, en tanto y en cuanto su alcance es el de un consejo para encauzar la conducta del educando.
ARTÍCULO 33
Retiro del aula.
El Profesor podrá disponer el retiro del aula respecto del educando que perturbe el desarrollo de la clase, previa advertencia cuando ello resultare viable según las circunstancias.
Finalizada la clase, el profesor dará cuenta de lo acaecido al Adscripto o funcionario equivalente, documentándolo bajo firma en el Libro de Disciplina.
Este Libro será firmado mensualmente por un integrante del equipo de Dirección.
ARTÍCULO 34
Nómina de correctivos.
Las medidas disciplinarias o correctivos por incumplimiento de las responsabilidades de los educandos son los siguientes:
observación verbal.
observación escrita con anotación en la ficha estudiantil.
cumplimiento de actividades alternativas o tareas comunitarias.
suspensión por hasta 1 año, con o sin prohibición de rendir exámenes en calidad de libre.
ARTÍCULO 35
Competencias.
Las medidas del literal “a” del art. 34 podrán ser aplicadas por el Profesor, el Adscripto o la Dirección; las del literal “b” y “c” por la referida Dirección; las del literal “d”, hasta 15 días hábiles de suspensión, por esa Dirección, previa consulta preceptiva al C.A.P. - cuyo dictamen no tendrá carácter vinculante -. Siempre que el plazo de la suspensión pueda implicar pérdida del año lectivo o del curso, dicha sanción deberá ser aplicada por el respectivo Consejo.
Las autoridades jerárquicas podrán, asimismo, adoptar las medidas de competencia de las administrativamente inferiores.
ARTÍCULO 36
Reiteración de observaciones verbales o de retiro de aula.
Cuando un educando registre más de dos observaciones verbales o retiros del aula, se procederá a realizar comunicación escrita a sus representantes legales, salvo si tuviere 18 años de edad, en cuyo caso se le notificará personalmente de la situación.
CAPITULO IX
Disposiciones transitorias
ARTÍCULO 37
El presente Estatuto entrará en vigencia a partir de la fecha de aprobado el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 38
A partir de esa fecha quedarán derogadas todas las disposiciones dictadas por el Consejo Directivo Central o por los Consejos de Educación Secundaria y Técnico Profesional que se le opongan, en especial el Reglamento de Comportamiento del Alumno (Res.2 Acta E 14 de 3-X-1996- Circular No. 2263 de Educación Secundaria; y las resoluciones del Consejo Directivo Central Nos. 31 Acta 8 de 29-III-1985 -Boletín No.3– y 1 Acta No. 62 de 14-IX-1992-Circular No. 16/92).
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Indicadores: trabajo sobre derechos humanos y arte.
INDICADOR UNO: pertinencia de la analogía comparativa entre textos.
1: total – 2: parcial- 3 nula
INDICADOR DOS: GRADO de ejemplificación radicada en la cotidianeidad de la o las personas que hacen el trabajo. 1: total – 2: parcial- 3 nula
ENFOQUE DEL CURSO:
La metodología de resolución de problemas será privilegiada, trabajando con énfasis en el desarrollo de investigaciones que, tocando asuntos locales, permitan entender e intervenir para transformar aquello que obstaculiza el desarrollo. Madurando una escuela que forme en el análisis crítico, habrá que guiarse para desplegar metodologías anti- enciclopedistas. En este sentido compartimos la visión de J. Jacotot: “(…) El punto de partida de la emancipación es, en efecto, comprender que no hay punto de partida del saber. (…) lo que importa es el ejercicio que consiste en apropiarse una cosa, un texto, un todo cerrado que se pueda tomar en la mano. (…) es poder leer siempre lo nuevo en lo que ya se ha adquirido, poder siempre verificar lo que se dice con la ayuda de esta cosa que tenemos a la mano” (…)
FICHA DOS. Capitalismo – Estado de Bienestar – Estado Liberal – Cambios y permanencias. CONCEPTOS -
Tramo: semana dos – tres – cuatro. 21 de marzo al 6 de abril 2011
Tarea grupal o Individual, A CONCRETAR 4 Y 6 DE ABRIL, EN CLASE **** ELEGIR 1 Ó 2 ESCENAS DE PELICULAS O DOCUMENTALES SUGERIDOS. Leer ficha dos. Vincular : CINE-&-conceptos; responder las preguntas que formulan Hobsbawm & Nora.
-VIVE COMO QUIERAS Y QUÉ BELLO ES VIVIR DE FRANK CAPRA
- LADRON DE BICICLETAS DE VITTORIO DE SICA
---REY MUERTO DE LUCRECIA MARTEL
BOLIVIA DE ADRIAN CAETANO
---SOBRAS DE PABLO TRAPERO.
BOCA DE LIXO O BOCA DE LA BASURA, PARTE 1 , DE EDUARDO COUTINHO.
EN CONSTRUCCIÓN (2001) DE JOSÉ LUIS GUERÍN
EL TREN DE LAS MOSCAS DE NIEVES PRIETO TASSIER Y FERNANDO LÓPEZ CASTILLO.
Del libro: Historia del siglo XX. 1914-1991. De Eric Hobsbawm. Editorial Crítica. Octubre 1995.
“Ignoramos qué ocurrirá y cómo será el tercer milenio, pero sabemos con certeza que será el Siglo XX corto el que le habrá dado forma. Es indudable que en los años finales de la década de 1980 y en los primeros años de la de 1990 terminó una época de la historia del mundo para comenzar otra nueva.
…. En este libro, el siglo XX aparece estructurado como un tríptico. A una época de catástrofes, que se extiende desde 1914 hasta el fin de la segunda guerra mundial, siguió un período de 25 o 30 años de extraordinario crecimiento económico y transformación social, (que) puede ser considerado como una especie de edad de oro … La última parte del siglo fue una nueva era de descomposición, incertidumbre y crisis, y, para vastas zonas del mundo como África, la ex Unión Soviética y los antiguos países socialistas de Europa, de catástrofes. (…)
El principal interrogante al que deben dar respuesta los historiadores del siglo XX es cómo y por qué tras la segunda guerra mundial el capitalismo inició la edad de oro, desde 1947 a 1973.
En el decenio de 1980 y los primeros años de 1990, el mundo capitalista comenzó de nuevo a tambalearse abrumado por los mismos problemas del período de entreguerras que la edad de oro parecía haber superado: el desempleo masivo, graves depresiones cíclicas y el enfrentamiento cada vez más encarnizado entre los mendigos sin hogar y las clases acomodadas, entre los ingresos limitados del estado y un gasto público sin límite. Los países socialistas, con sus economías débiles vulnerables, se vieron abocados a una ruptura tan radical, o más, con el pasado y, ahora lo sabemos, al hundimiento. (…)
¿Qué paralelismo puede establecerse entre el mundo de 1914 y el de los años noventa? Éste cuenta con cinco o seis mil millones de seres humanos, aproximadamente tres veces más que al comenzar la primera guerra mundial, a pesar de que en el curso del siglo XX se ha dado muerte o se ha dejado morir a un número más elevado de seres humanos que en ningún otro período de la historia. (….) la mayor parte de los habitantes que pueblan el mundo en el decenio de 1990 son más altos y de mayor peso que sus padres, están mejor alimentados y viven muchos más años, aunque las catástrofes de los años ochenta y noventa en África, América Latina y la ex Unión Soviética hacen que esto sea difícil de creer. El mundo es incomparablemente más rico de lo que lo ha sido nunca por lo que respecta a su capacidad de producir bienes y servicios y por la infinita variedad de los mismos. (…) El mundo está dominado por una tecnología revolucionaria que avanza sin cesar, basada en los progresos de la ciencia natural que, aunque ya se preveían en 1914, empezaron a alcanzarse mucho más tarde. La consecuencia de mayor alcance de esos progresos ha sido, tal vez, la revolución de los sistemas de transporte y comunicaciones, que prácticamente han eliminado el tiempo y la distancia. El mundo se ha transformado de tal forma que cada día, cada hora y en todos los hogares la población común dispone de más información y oportunidades de esparcimiento de la que disponían los emperadores en 1914. (…) ¿Cómo explicar, pues, que el siglo no concluya en un clima de triunfo, por ese progreso extraordinario e inigualable, sino de desasosiego? ¿Por qué? (…) No es sólo porque ha sido el siglo más mortífero de la historia a causa de la envergadura, la frecuencia y duración de los conflictos bélicos que lo han asolado sin interrupción ( …) sino también por las catástrofes humanas, que ha causado, desde las mayores hambrunas hasta el genocidio sistemático. A diferencia del “Siglo XIX largo” , que fue un período de progreso material, intelectual y moral casi ininterrumpido, es decir, de mejora de las condiciones de vida civilizada, desde 1914 se ha registrado un marcado retroceso desde los niveles que se consideraban normales en los países desarrollados y en las capas medias de la población y que se creía que se estaban difundiendo hacia las regiones más atrasadas ….
(…) Hemos olvidado que una convención internacional estipuló en una ocasión que las hostilidades en la guerra “ no podían comenzar sin una advertencia previa y explícita en forma de una declaración razonadas de guerra o de un ultimátum con una declaración condicional de guerra”….. (…) En el siglo XX, las guerras se han librado cada vez más, contra la economía y la infraestructura de los estados y contra la población civil. Desde la primera guerra mundial ha habido muchas más bajas civiles que militares en todos los países beligerantes, con la excepción de EE UU. (….)
Y sin embargo, a la hora de hacer un balance histórico, no puede comparase el mundo de finales del Siglo XX con el que existía a comienzos del período. Es un mundo cualitativamente distinto, al menos en tres aspectos:
- No es ya euro céntrico. A lo largo del siglo se ha producido la decadencia y caída de Europa. Son una minoría en disminución que vive en países con ínfimo o nulo índice de reproducción vegetativa y en la mayor parte de los cuales….. se protegen de la presión de la inmigración procedente de las zonas más pobres. Las industrias que Europa inició emigran a otros continentes y los países que en otro tiempo buscaban en Europa, al otro lado de los océanos, el punto de referencia, dirigen ahora su mirada hacia otras partes. … ven el futuro en el Pacífico.. Las grandes potencias de 1914 han desaparecido….
- La segunda transformación es más significativa. El mundo ha avanzado notablemente en el camino que ha de convertirlo en una única unidad operativa, lo que era imposible en 1914.- …. El mundo es la principal unidad operativa y las antiguas unidades, como las “Economías nacionales” definida por las políticas de los estados territoriales, han quedado reducidas a la condición de complicaciones de las actividades transnacionales. (…) posiblemente, la característica más destacada de este período final del siglo XX es la incapacidad de las instituciones públicas y del comportamiento colectivo de los seres humanos de estar a la altura de ese acelerado proceso de mundialización. Curiosamente, el comportamiento individual de los seres humanos ha tenido menos dificultades para adaptarse al mundo de la TV por satélite, el correo electrónico, las vacaciones…. Y los trayectos transoceánicos.
- La tercera transformación, también la más perturbadora en algunos aspectos, es la desintegración de las antiguas pautas por las que se regían las relaciones sociales entre los seres humanos y, con ella, la ruptura de los vínculos entre las generaciones, es decir, entre pasado y presente. Esto es sobre todo evidente en los países más desarrollados del capitalismo occidental, en los que han alcanzado una posición preponderante los valores de un individualismo asocial absoluto, tanto en la ideología oficial como privada, aunque quienes los sustentan deploran con frecuencia sus consecuencias sociales. (….) Una sociedad de esas características, constituida por un conjunto de individuos egocéntricos completamente desconectados entre sí, y que persiguen tan sólo una propia gratificación (ya se le denomine beneficio, placer o de otra forma), estuvo siempre implícita en la teoría de la economía capitalista. (…) En la práctica, la nueva sociedad no ha destruido completamente toda la herencia del pasado, sino que la ha adaptado de forma selectiva.
- (…) El capitalismo era una fuerza revolucionaria permanente y continua. (…) terminaría por derribar al menos uno de los fundamentos en los que se sustentaba…. Y esto es lo que está ocurriendo desde mediados del siglo. Bajo los efectos de la extraordinaria explosión económica registrada durante la edad de oro y en los años posteriores, con los consiguientes cambios sociales y culturales, la revolución más profunda ocurrida en la sociedad desde la Edad de Piedra, esos cimientos han comenzado a resquebrajarse. (…) Un mundo en el que no sólo no sabemos adónde nos dirigimos, sino tampoco adónde deberíamos dirigirnos. (…) Sin embargo, es posible…. Que podamos volver la mirada atrás para contemplar el camino que nos ha conducido hasta aquí, y eso es lo que yo he intentado hacer en este libro.
- (…) Confiemos en que el futuro nos depare un mundo mejor, más justo y más viable. El viejo siglo no ha terminado bien.” ( pág. 26)
V O C A B U L A R I O –
EN BASE A: DICCIONARIO DE CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS. TORCUATO S. DI TELLA. EDITORIAL ARIEL. 2001. ARGENTINA.
(Vinculado a las bases permanentes del Capitalismo, atando nociones de desarrollo, crecimiento; valorando impactos de conflictos bélicos sobre las bases sistémicas…)
Estructura productiva: “Desde el punto de vista de su composición estructural, la economía o aparato productivo de un país suelo considerarse dividido en sectores. (…) tradicionalmente se distinguen: 1) sector primario (agricultura, ganadería, minería extractiva, explotación forestal, caza, pesca). 2) sector secundario: industria, construcción y producción de energía, incluyendo el procesamiento de productos minerales. 3) el terciario: comprende el comercio, comunicaciones, transportes, servicios y otras actividades económicas. Sumando el sector cuatro, desprendido del terciario y que agrupa industrias y servicios vinculados a la información y el conocimiento; el crecimiento de este sector sería indicador del progreso hacia la sociedad posindustrial.”
Estructura productiva desequilibrada: Cuando se habla de países subdesarrollados típicos se habla de países que carecen de clase media, recursos humanos capacitados y capital real. No tiene industria o muy poca, y produce exclusivamente materia prima que intercambia por manufactura. Está sumido en el “círculo vicioso de la pobreza”, y esa pobreza le impide el ahorro y la capitalización, indispensables para el crecimiento económico. ESTE CUADRO no coincide con Argentina, Brasil y México,… situados en un tipo de desarrollo no convencional iniciado en América latina cuando tropezó con las dificultades de colocar su producción primaria y cuando …. la actividad agropecuaria no fue suficiente por sí sola para proporcionar empleo suficiente a la población. Para ampliar espectro fue necesaria la industrialización. Pero ésta no pudo resistir la competencia externa, y para concretarla se impone una fuerte barrera proteccionista. Surgiendo una estructura productiva peculiar, en la cual coexiste un sector exportador primario de precios internacionales con un sector industrial de precios mucho más elevados que los internacionales: LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA DESEQUILIBRADA, en donde los precios no se acercan a los internacionales. En esta estructura productiva desequilibrada, el sector primario es de alta productividad, trabaja a precios internacionales y exporta; el sector industrial, de productividad más baja, trabaja a precios superiores y para el mercado interno. ANALISIS DE LAS CARACTERISTICAS DE ESTE MODELO:
C A P I T A L I S M O:
(SISTEMA DE PRODUCCION Y CIRCULACIÓN DE BIENES BASADO EN LA PROPIEDAD PRIVADA, LA PRODUCCIÓN PARA EL MERCADO, EL TRABAJO LIBRE Y ASALARIADO, Y LA CIRCULACIÓN DE BIENES),
CULTURA
CULTURA es todo lo que hacen los hombrees cuando actúan y reflexionan acerca de su vivir comunitario e histórico. SIGNIFICA: CULTIVO.
Hay una tendencia socio antropológica, que implica que la cultura abarque los rasgos existenciales, es decir concretos, de pueblos enteros: los modos de vida y producción, los sistemas de valores, las opiniones, las creencias……
DESARROLLO – SUB DESARROLLO
Ambas pueden comprenderse como estructuras interdependientes que conforman un sistema único. La estructura desarrollada, en virtud de su capacidad endógena de crecimiento, es la dominante, mientras que la estructura sub desarrollada, es dependiente.
Las economías desarrolladas tienen una conformación estructural distinta de la que caracteriza a las subdesarrolladas y esta diferencia estructural tiene origen en las relaciones que existieron históricamente.
Ley de PARETO -http://www.gestiopolis.com/Canales4/Wald/63.htm TEMA: POBREZA ESTRUCTURAL........ En 1906, el economista italiano Vilfredo Pareto creó una fórmula matemática para describir la distribución desigual de la riqueza en su país, observando que el 20% de las personas poseían el 80% de la riqueza.
Autor: Lic. Alejandro Wald OTROS CONCEPTOS DE ECONOMÍA 07-2005
Texto adicional: Pierre Nora:
Y si se deja de creer en la historia, en cualquier historia, que vaya hacia alguna parte, tampoco se sabe qué es lo que hay que retener del pasado para justificar el futuro.
• -Pero ¿por qué la gente es ahora sensible al ejercicio de la memoria sectorial en vez de pensar en la historia?
• -Debido a la supremacía del presente. En el mundo actual, el presente se ha vuelto el juez supremo. Es el registro de temporalidad con el que vivimos nuestro cuerpo, nuestra vida familiar, nuestro placer y nuestro juicio del pasado. En Francia, el peso del presente se traduce, por ejemplo, en algo tan simbólico como haber permitido a las parejas dar a los niños el apellido paterno o materno indistintamente. Eso es una ruptura de la genealogía y de la filiación. Dentro de dos o tres generaciones, nadie sabrá de quién desciende. Y nadie parece darse cuenta del significado profundo que tendrá ese cambio para la sociedad. Esto quiere decir, entre otras cosas, que las personas han dejado de vivir para sus hijos: sólo viven para sí mismas. Creo que estamos ante un oscurecimiento completo de la proyección de futuro.
• -En otras palabras, ¿el hombre moderno ha dejado de saber adónde va?
• -Así es. Cuando uno sabía vagamente, o creía saber, adónde iba, era posible saber de dónde venía. Usted y su familia se transformaban, entonces, en un instrumento de transmisión, aun cuando los historiadores eran quienes permitían al pasado preparar el futuro. Pero a partir del momento en que los hombres dejan de saber adónde van, que las cadenas interpretativas han dejado de permitirles proyectarse en el futuro, es necesario constatar que estamos en una situación totalmente imprevisible.
• -Chesterton decía que cuando los hombres dejan de creer en Dios terminan creyendo en cualquier cosa. ¿Eso se podría aplicar a la historia?
• -Perfectamente. Y si se deja de creer en la historia, en cualquier historia, que vaya hacia alguna parte, tampoco se sabe qué es lo que hay que retener del pasado para justificar el futuro. Es entonces cuando el hombre se pone a vivir bajo el control absoluto del presente y termina por juzgar la historia con los criterios del presente. Esa idea de crimen contra la humanidad que invocan todos esos grupos memoriosos es una noción que data de Nuremberg. La idea de aplicarla a fenómenos que sucedieron hace cinco o seis siglos es aberrante. Esto no quiere decir que no hubo horrores. Al contrario. Toda la historia de la humanidad está repleta de crímenes contra la humanidad. Pero si toda la historia se vuelve una serie de crímenes contra la humanidad, ¿por qué enseñarla? Sólo nos queda expiarla.
• -En esas condiciones, ¿cuál es el papel que le queda al historiador?
• -Creo que somos más necesarios que nunca. En un mundo delirante, es imprescindible que reasumamos una misión de vigilancia intelectual, racional y cívica. La tarea del historiador es ayudar a la sociedad a reflexionar sobre sí misma, pero sin emitir juicios de valor. No tiene razón de ser un historiador obligado a llegar a conclusiones políticamente correctas. Los historiadores no tienen lugar en un mundo donde sólo reinan el "bien" y el "mal".
• Miércoles 15 de marzo de 2006 |http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=788817
FICHA DOS. Capitalismo – Estado de Bienestar – Estado Liberal – Cambios y permanencias. CONCEPTOS -